La situación judicial de la ex presidenta y actual titular del Partido Justicialista, Cristina Fernández de Kirchner, sumó un nuevo capítulo luego de que la Justicia le advirtiera que podría revocarse el beneficio de la prisión domiciliaria si continúan las manifestaciones y concentraciones en las inmediaciones de su domicilio, ubicado en el barrio porteño de Constitución.

La medida fue dispuesta por el juez de ejecución penal Rodrigo Giménez Uriburu, quien intimó formalmente a la ex mandataria a respetar estrictamente las condiciones impuestas para cumplir la condena bajo arresto domiciliario. En la resolución, el magistrado sostuvo que, de persistir situaciones que alteren el orden público o incumplan las pautas establecidas, podría dejar sin efecto ese beneficio y ordenar su traslado a una unidad penitenciaria.

La advertencia surge tras los hechos registrados el pasado domingo frente al edificio donde reside la ex presidenta, sobre la calle San José al 1100. Allí se realizó una masiva convocatoria de simpatizantes que incluyó cortes de tránsito, concentración de personas y diversas expresiones de apoyo político.

Según la resolución judicial, uno de los elementos que motivó la intervención fue la colocación de una bandera de grandes dimensiones que atravesaba la calle y estaba sostenida mediante cables entre el balcón de la vivienda de Cristina Kirchner y un edificio ubicado enfrente. Para la Justicia, esta acción representó una participación activa en la convocatoria y contribuyó a la ocupación del espacio público.

Además, el magistrado consideró que las reiteradas manifestaciones afectan la convivencia de los vecinos de la zona, al generar interrupciones en la circulación, concentración permanente de personas y modificaciones en la rutina habitual del barrio. En ese sentido, señaló que las condiciones de la prisión domiciliaria exigen mantener una conducta compatible con la tranquilidad y el orden público.

La resolución también remarca que cualquier intervención o instalación en la vía pública requiere autorización previa del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por lo que algunas de las acciones registradas podrían encuadrarse dentro de figuras contravencionales.

Como respaldo legal de la advertencia, el juez citó el artículo 34 de la Ley 24.660 de Ejecución Penal, normativa que faculta a los magistrados a revocar el arresto domiciliario y disponer el cumplimiento de la condena en una cárcel común cuando se verifican incumplimientos injustificados de las condiciones impuestas.

De esta manera, la Justicia dejó asentado que el mantenimiento de la prisión domiciliaria dependerá del cumplimiento estricto de las reglas fijadas y de que no se repitan situaciones que, a criterio del tribunal, alteren el normal funcionamiento del espacio público o vulneren las condiciones establecidas para el beneficio.